Iniciativas

Anteproyecto de Ley “Reforma al artículo Nº 34 de la Ley Forestal”.

Iniciativa presentada por Jorge Murillo Chaves en 2002.

Que se sustituya el artículo Nº 34 de la Ley Forestal por el siguiente artículo:  “Los alineamientos que deban tramitarse en relación con estas áreas, serán de la exclusiva competencia del Ministerio de Ambiente y Energía, por medio de la Dirección General Forestal, la cual deberá evaluar de previo el impacto ambiental, contando para ese efecto con una evaluación de la Secretaría Técnica Ambiental. Para todos los efectos se considerarán Áreas Silvestres Protegidas cualquiera que sea su categoría, únicamente aquellas que define el artículo 33 de esta Ley, que hayan sido afectadas conforme al párrafo segundo del artículo 2 de esta Ley. Regirán respecto de estas áreas, las excepciones contempladas en el artículo 19 de esa Ley, por lo que previa evaluación del impacto ambiental, se podrán autorizar por la SETENA, las construcciones del inciso a).