Iniciativas

Anteproyecto de Ley "Pensiones alimenticias con justicia"

Iniciativa presentada por Carlos Luis Rodríguez H en 2000.

Retirada para estudio

El señor Rodríguez, propone:

1. La creación de un FONDO DE RECURSOS o FIDEICOMISO en un Banco del Estado o en el Patronato Nacional de la Infancia, proveniente de recursos del Estado costarricense.

2. El pago de pensiones alimenticias fijados por los Tribunales serán giradas a éste fondo o fideicomiso para sustentar los recursos económicos y así fortalecer dicho fondo.

3. La Procuraduría General de la República brindará servicios legales para que las pensiones acordadas o fijadas lleguen a su destino con igual prontitud a este FONDO y recurrirá a los trámites legales necesarios para que no se atrasen dichas pensiones.

4. La Defensoría de los Habitantes dedicará personal a vigilar que la ley se cumpla.  La decisión de la Defensoría será vinculante para la Procuraduría.

5. Todos los ciudadanos (as) que se encuentren detenidos por pensión alimenticia serán liberados y se les obligará a inscribirse en el PANI y cuando comiencen a laborar se les obligará a depositar en el FONDO la suma de pensión acordada por ley.

6. Los patronos de personas con pensión alimenticia fijada por ley, podrán depositar la suma indicada en el FONDO o FIDEICOMISO que domine la presente ley.

7. El Poder Ejecutivo podrá aprobar algún tipo de impuesto para garantizar que el FONDO cumplirá fielmente la presente ley.

8. El PANI velará que los hijos que son favorecidos por estos recursos de  sus progenitores cumplan con la sagrada misión de procurarles todas las necesidades atinentes a su seguridad.

9. El Ministerio de la Mujer y Familia, podrá coordinar todo el proceso en razón de que la ley tiende a favorecer y a proteger a la familia costarricense.

10. Este FONDO o FIDEICOMISO podrá recibir donaciones de organizaciones nacionales y extranjeras.

11. La Contraloría General de la República y la SUGEF, podrán a priori vigilar el cumplimiento de la presente ley.

Argumenta el señor Rodríguez que para atender en parte la tragedia de mujeres, esposas, esposos, con problemas económicos y psicológicos tremendos a la hora de cobrar sus pensiones alimenticias, se hace necesario la modificación a la ley de pensiones alimenticias.